El Supremo anula una ley sobre la concesión de ciudadanía por discriminatoria

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Washington, 12 jun (EFEUSA).- El Tribunal Supremo anuló hoy una ley que hacía más difícil obtener la ciudadanía estadounidense a los hijos de padres solteros que a los hijos de madres solteras, una diferencia de género que los magistrados consideraron “discriminatoria”.
De manera unánime, los jueces determinaron que la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952, por la que se regula la concesión de la ciudadanía estadounidense a hijos de padres solteros, es “incompatible” con la Constitución del país que garantiza que “todos los ciudadanos son iguales bajo la ley”.
Esa ley de 1952 establecía que, para poder otorgar la ciudadanía estadounidense a los hijos que han nacido en el extranjero, los progenitores varones debían pasar en Estados Unidos al menos 10 años antes del nacimiento de sus vástagos y luego, además, cinco años después de que el hijo cumpliera 14 años.
Para las mujeres solteras, sin embargo, el único requisito era que residieran un año en Estados Unidos y, con eso, podían otorgar la ciudadanía estadounidense a sus hijos.
En su fallo, escrito por la jueza progresista Ruth Bader Ginsburg, el Tribunal Supremo determinó que los requisitos de género delineados por la ley “son incompatibles con la protección de la Constitución para que todas las personas tenga la misma protección bajo la ley”.
Aunque fallaron en contra de la ley, los jueces negaron amparo a Luis Ramón Morales-Santana, el hombre que ha dado nombre al caso y que nació en 1962 en la República Dominicana de un hombre con ciudadanía estadounidense y una mujer dominicana.
Condenado por robo e intento de asesinato, Morales-Santana fue el encargado de llevar la ley de 1952 hasta el Tribunal Supremo.
Cuando iba a ser deportado a República Dominicana, Morales-Santana afirmó que era ciudadano estadounidense porque su padre había vivido en Estados Unidos.
Frente a ello, la Junta de Apelaciones de Inmigración, encargada de decidir sobre las deportaciones, determinó que Morales-Santana no era ciudadano estadounidense porque su padre no residió en Estados Unidos los cinco años requeridos para otorgarle la ciudadanía, una vez que el joven tenía más de 14 años.
Los jueces del Tribunal Supremo no anularon hoy la decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración, por lo que la orden de deportación contra Morales-Santana sigue en pie.

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